miércoles, 21 de abril de 2010

Recurrirían a desalojo en caso de cura de Tijuana

Advierten que la Secretaría de Gobernación podría desalojar al sacerdote Raymundo Figueroa Pérez, de la parroquia Santísimo Sacramento, a quien la Iglesia de Tijuana acusa de cuatro delitos canónicos 

La Secretaría de Gobernación (Segob) podría recurrir al desalojo del sacerdote Raymundo Figueroa Pérez, de la parroquia Santísimo Sacramento, en Playas de Rosarito, a quien la Iglesia de Tijuana acusa de cuatro delitos canónicos y de utilizar el recinto religioso como negocio familiar y para beneficio de su persona.
El secretario canciller de la Arquidiócesis de Tijuana, Antonio Beltrán, advirtió que de acuerdo con la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la Segob, las iglesias son propiedad de la nación y con base en este argumento podría procederse al desalojo como última instancia.
A su vez, el vicario general de la Arquidiócesis, Juan García Ruvalcaba, acusó que el religioso señalado ha utilizado su cargo para beneficio personal y de su familia.
Aseguró que una hermana del sacerdote y el esposo de ésta “manejan el negocio de ventas de criptas” en la parroquia rosaritense.
“Es un negocio familiar”, dijo, y sostuvo que los familiares del sacerdote acusado han compartido privilegios a costa de la estructura del templo Santísimo Sacramento.
Delitos canónicos
A Figueroa Pérez se le acusa de una serie de anomalías en el ejercicio religioso, por lo que después de varias amonestaciones y de haber sido destituido como párroco recibió un ultimátum del arzobispo, Rafael Romo Muñoz, para que recapacite y acate las disposiciones que según el jefe católico fueron instruidas desde El Vaticano.
Se le acusa de simonía por haber oficiado diversos sacramentos religiosos fuera de su diócesis y en lugares prohibidos como jardines y hoteles a pesar de que la ley es muy clara al advertir que los derechos canónicos de un sacerdote se pierden al salir de su jurisdicción, lo que invalida dichos sacramentos.
Otro “delito” que se le imputa es el rompimiento de la comunión con miembros de la Iglesia, pues ha oficiado ceremonias en coordinación con integrantes de grupos religiosos que se dicen fuera de comunión con el Papa.
Se le amonestó por desobediencia, al haber oficiado misa el 3 de mayo, cuando la Iglesia católica recomendó a sus sacerdotes evitar aglomeraciones masivas de personas, ante la crisis sanitaria por la epidemia de influenza A H1N1.
El cuarto delito de que acusan a Figueroa Pérez es la retención ilegítima del oficio canónico debido a que se niega a entregar el cargo de párroco de Santísimo Sacramento, del cual fue destituido en octubre del 2009.
Dimisión del estado clerical
El padre rebelde recibió un “decreto de parroquia vacante” con lo que se le notifica por escrito de su destitución de Santísimo Sacramento y se le da un plazo de 15 días para que entregue los bienes que se le encomendaron durante su gestión como párroco.
De no hacerlo, el arzobispo de Tijuana, Rafael Romo Muñoz, advirtió que se iniciará un proceso de dimisión de estado clerical, que significa nulificar su derecho para ejercer el sacerdocio y regresarlo a la “vida laica”.
El secretario canciller de la arquidiócesis tijuanense, Antonio Beltrán, advirtió que continuarán con el procedimiento marcado desde El Vaticano, cuyas autoridades advirtieron que procedan hasta las últimas consecuencias.
  
 

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