La Organización Católicas por el derecho a decidir (como se hacen llamar) hacen promoción del aborto, aún autentificando medios que evidentemente no son válidos para el pensamiento catolico. Dicho de otra manera caen en excomunión por andar de encaminadoras de almas.
Vea la nota completa:
DF, válida opción para abortos: Católicas por el Derecho a Decidir
Notiecos/Colima
La vocera de la asociación Mujeres Católicas por el Derecho a Decidir, Martha Yuridia Rodríguez Estrada, aseguró que el Distrito Federal se ha convertido en una opción válida para que las mujeres que desean abortar puedan acudir a hacerlo, pues de los 40 mil abortos practicados en tres años, el cuatro por ciento son de mujeres de otras entidades de la República.
Dijo que la ley que despenaliza el aborto en el DF es una ley moderada e integral, la cual respeta las democracias y libertad de las mujeres sin obligarlas y criminalizarlas.
Cuestionada sobre si se sabe cuántas mujeres de Colima han acudido al DF a practicarse el aborto, señaló que no se tiene esta cifra, “sin embargo, de las 40 mil mujeres que se practicaron un aborto en estos tres años en el DF, el cuatro por ciento son de la República mexicana, y son mujeres que tienen la posibilidad de viajar, pero también son mujeres que van con los recursos exactos para efectuarse el aborto”.
Aunque una cifra como tal no la hay, consideró que el cuatro por ciento es un porcentaje bastante significativo para la República mexicana.
Rodríguez Estrada agregó que en el Distrito Federal no solamente se les proporciona la interrupción legal del embarazo, “sino primero se les proporciona la información -en este caso fueron 80 mil mujeres y de éstas, en los tres años solamente, se legalizaron 40 mil abortos- y después de que se les proporciona la información disminuye la tasa”.
Asimismo, informó que existe un sesgo en la información, ya que no se sabe si los abortos clandestinos igualan en número a los practicados en el DF o los superan. “No sabemos si es paralelo o no, porque nos encontramos con esta situación de los recursos económicos; una mujer que puede viajar al DF y realizar todo el proceso, de cierta forma, tiene un recurso, pero nos sigue preocupando las mujeres que se lo practican clandestinamente, ya que no se realizan en cuestiones de salud adecuadas y no se les protegen sus derechos”.
La activista aseguró que les preocupan las mujeres que se practican el aborto de manera clandestina porque las autoridades no quieren dar cifras de cuántos abortos se realizan o cuántas muertes maternas se encuentran.
“Estos cercos nos preocupan, pero más aún las mujeres que están siendo criminalizadas cuando ya tienen un aborto inducido y además un aborto mal practicado, las criminalizan en las instituciones de Salud y son remitidas automáticamente al reclusorio; esto hace que no se vea su situación de salud y no las sanciona por el aborto, sino por homicidio calificado”.
Finalmente, indicó que debido a que se trata de un hijo no nacido, es un delito que no existe y con ello se criminaliza más a las mujeres.
Del Arzobispado
Antes de ser sancionada la reforma, el 24 de abril se conoció otro documento del Arzobispado de México aclarando algunos aspectos sobre la pena canónica excomunión en la que cae quien participa, coopera o favorece el crimen del aborto. (Vid. entre las muchas intervenciones episcopales sobre el tema Intervención del Cardenal Norberto Rivera Cabrera, Arzobispo de México y su consejo episcopal, 01-04-07).
Texto del documento del 24-04-07:
“Se ha despertado una enorme inquietud en la opinión pública acerca de la pena de excomunión que la Iglesia reserva para el aborto y quienes lo procuran. Al respecto es muy importante aclarar algunos mal entendidos que dan pie para que los enemigos de la Iglesia no cesen en atacarla. De manera muy sencilla damos respuestas a innumerables preguntas que nos han hecho llegar.
¿Quienes pueden ser excomulgados?
Sólo los fieles católicos que cometen un grave delito que según la ley de la Iglesia amerita esta gravísima pena.
¿Si alguien no es católico puede ser excomulgado?
No, pues excomulgar significa ser expulsado de la comun-unión, es decir, pierde la unidad con la Iglesia. Alguien que no es católico no goza de esa comunión por lo tanto tampoco se le puede privar de algo que es inexistente.
¿La Iglesia ha amenazado con la excomunión a quienes promueven o llevan a la práctica el aborto?
No, la Iglesia sólo ha recordado a los fieles cristianos la norma que existe en el Código de Derecho Canónico que data de 1983. El canon 1398 textualmente dice: ‘Quien provoca el aborto, si este se produce, incurre en excomunión latae sententiae’.
La iglesia protege la vida humana incluso del aún no nacido. Debido a lo rechazable de la acción y de que la mayor de las veces se hace en secreto la pena es la excomunión latae sententie, es decir, se da cuando se lleva a cabo el delito, no necesita una declaración pública, se da en el mismo acto.
La gravedad de la pena que impone la Iglesia es para que los que participan en este abominable crimen tomen conciencia de qué modo se opone esa acción a su propia fe. Para la Iglesia es aborto no sólo matar el fruto inmaduro en el vientre de una madre, sino toda acción que de cualquier modo y en cualquier momento conduzca a su muerte.
El castigo de excomunión recae en todos los que procuran y participan en el aborto y no sólo a la madre que mata o hace matar a su hijo.
¿La excomunión es lo mismo que la condenación eterna?
No, la excomunión ciertamente pone en peligro mortal al alma del excomulgado, pero en realidad, la excomunión tiene un sentido de misericordia. Es una forma en que la Iglesia hace ver al fiel cristiano la gravedad del delito que ha cometido, tan grave que al cometerlo se ha excluido de la comunidad eclesial. Pero la excomunión no es irreparable, si el fiel cristiano toma conciencia de la gravedad del delito, se arrepiente, da muestras sinceras de este arrepentimiento y pide volver al seno de la Iglesia, el Obispo del lugar le puede levantar la excomunión y la persona pude volver a ser recibida en la comunión de la Iglesia.
En cuestiones prácticas de la vida de los fieles ¿como se ven afectados por la excomunión?
Están impedidos de participar en la Santa Misa, recibir la Sagrada Comunión, la Confesión, y los demás sacramentos. Los excomulgados no pueden ser padrinos ni participar activamente en la vida de la Iglesia.
Quien legisla a favor del aborto, quienes lo promueven y trabajan para hacerlo realidad, quien lo induce u obliga a la mujer a abortar, el médico, enfermera o persona que lo realiza, y la mujer que lo lleva a cabo reciben la pena de la excomunión. No es un castigo que hoy inventó la Iglesia, es la norma vigente de la misma que entró en vigor el 1983.
Quien no es católico y se ampara bajo el Estado Laico no tiene porque preocuparse por esta pena, debe apelar a su propia conciencia delante de Dios (si es creyente) Juez Justo y Supremo quien en su quinto mandamiento dice: NO MATARÁS”.
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