miércoles, 25 de mayo de 2011

Santiago Creel… ¿Presidente anti-familia?

El Senador del PAN -y aspirante a Presidente- Santiago Creel, ha enviado una carta a los diputados de los congresos estatales (que se anexa al final de este articulo) pidiéndoles que aprueben la reforma constitucional sobre derechos humanos (DD. HH.) que él promovió; y dice que: “Esta reforma es la más trascendental que se ha hecho desde que se promulgó la Constitución de 1917”

Si así fuera, entonces creo que ya me volví loco.

Y necesitaría la ayuda del Señor Senador para que me explicara, porque, si era tan importante, dejó que la Cámara de Diputados ---en particular la perredista, pro aborto, pro gay y anticlerical, Enoé Uranga--- le hicieran tantas correcciones a su valioso proyecto de reforma.

¿Es que el Senador Creel hizo una reforma “trascendental”, tan mal hecha y plagada de errores que tuvieron que corregírsela los diputados, haciéndole grandes cambios?

Vea usted algunos de los cambios hechos por los Diputados y de las deficiencias de esta “importante” reforma elaborada por los Senadores (Creel):

1) La “trascendental” reforma ni siquiera define lo que es un derecho humano.

¿Serán los de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU-1948)?; ¿O los de la Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes, aprobada en el Foro Universal de las Culturas en el 2007?; ¿O los Derechos Humanos de 1ª, 2ª, 3ª o 4ª generación?; ¿Incluirá el “derecho” al aborto?... ¿Por qué tanta ambigüedad Senador, por qué?

2) La reforma implica una subordinación del orden jurídico nacional en materia de DD.HH. a los organismos internacionales.

Pareciera que los legisladores consideran incompetente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); pues con esta reforma ceden la soberanía nacional a los Comités de Monitoreo de los tratados internacionales y a las Cortes de Justicia Internacional; quienes tendrán la última palabra en la interpretación de los “derechos humanos” en nuestro País.

3) Decía: “Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales sobre derechos humanos antes señalados”

Dice:…“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia... favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia

Entonces, la frase: “favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia” ¿Se agregó para garantizar el “derecho” de la mujer a “decidir sobre su cuerpo” (y el de su bebé); reconociendo el “derecho al aborto” ya que el bebé por nacer todavía no es persona (jurídicamente hablando)?

4) Decía: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico… edad, las discapacidades… las preferencias…” Etcétera.

Dice: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico… edad, las discapacidades… las preferencias sexuales…” Etcétera.

Senador Creel, ¿A qué se refiere Usted con preferencias sexuales, pues ningún tratado internacional maneja este término; es más, ni siquiera la American Psychiatric Association?; ¿De dónde sacó Usted ese terminajo?

¿Está Usted preponiendo que sí se nos discrimine por nuestras preferencias políticas, deportivas, musicales, etc.; pero no por nuestras preferencias sexuales?

¿Significa que Usted quiere que a nuestros hijos les enseñen ---desde kínder--- toda forma de placer sexual ---homosexualidad, bisexualidad, travestismo, fetichismo, sadomasoquismo, etc.--- como lo piden algunos organismos de la ONU, para que las personas que tienen estas “preferencias” no se sientan discriminadas?

5) Decía: “… no podrá restringirse ni suspenderse el ejercicio de… las libertades de pensamiento, conciencia y de religión…”

Dice: “… no podrá restringirse ni suspenderse el ejercicio de… las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna…”

Senador, Ustedes decidieron NO proteger nuestra libertad de religión; y dicen que ahora “… (Se) podrán decretar medidas restrictivas a los actos religiosos de culto público”

Pero dicen que sí protegerán nuestra libertad de profesar creencias religiosas, pero… dígame Senador, ¿Desde cuándo pueden Ustedes restringir el pensamiento de las personas? ¿Practican la telepatía?

Definitivamente, aunque estos son sólo unos ejemplos, son suficientes para considerar que, para ser una reforma tan “trascendental” como dice el Senador Creel, tiene demasiados parches, errores y ambigüedades.

Y como bien dice el Dr. Jorge Adame Goddard, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, esta reforma tiene una “grave deficiencia técnica” y “constituye un retroceso grave desde la perspectiva de un orden jurídico democrático”

Así que, de parte de la Sociedad Civil, a la que el Senador Creel y sus colegas se negaron a escuchar, a pesar de haber recibido alrededor de dos millones de mails en un periodo de 15 días, pedimos a las legislaturas estatales rechazar esta reforma para que sea regresada al Senado y, ahora sí, los senadores hagan bien su trabajo y escuche la voz de quienes los eligieron.

Si desean conocer más sobre la postura de la sociedad civil con relación a esta reforma vaya a: www.bloqueoalareforma.wordpress.com

Juan M. Dabdoub Giacoman

Coordinador Nacional

Coalicion Nacional por los Derechos Humanos a Favor de la Vida y la Familia

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From: santiago creel <senador.santiago.creel.miranda@gmail.com>
Date: Fri, 13 May 2011 13:45:11 -0500
To:
Subject: Pide SCM a congresos locales aprobar reforma en Derechos Humanos
Espero sea de interés.  
Saludos cordiales.
México, D.F 12 de mayo de 2011
ATENCION
Asistentes al Segundo Foro Nacional de Presidentes de las Legislaturas de los estados
P R E S E N T E
Reciban un cordial saludo y mi deseo de que la reunión que llevan a cabo en Veracruz sea todo un éxito.
Enterado de que en su encuentro nacional analizaron la reciente reforma constitucional en materia de Derechos Humanos, me permito compartir la siguiente reflexión:
Con esta modificación trascendental, nuestro orden jurídico se moderniza y se pone al día en toda la legislación internacional que ahora tendrá la protección de nuestros tribunales federales.
Habrá que recordar que la reforma mantiene la primacía constitucional como norma máxima dentro de nuestro orden jurídico, pero admite el principio de interpretación conforme y pro persona, lo que complementa y permite armonizar nuestro derecho en términos de los derechos humanos más avanzados que existen en el mundo.
Esta reforma es la más trascendental que se ha hecho desde que se promulgó la Constitución de 1917. No hay reforma que haya ampliado y profundizado más en los derechos humanos que le corresponden a la persona: los derechos que defienden su dignidad y su libertad.
Por estas razones les exhorto, respetuosamente, a que consideren su aprobación tal como ha sido planteada por el Congreso de la Unión, para que la nueva concepción de los derechos humanos tenga plena vigencia en nuestro país.
Atentamente
Senador Santiago Creel Miranda


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