En este debate los partidarios del matrimonio homosexual han usado innumerables veces ciertos argumentos que se repiten como eslóganes, pero la postura de los que se oponen al matrimonio homosexual no llega tan fácilmente a la opinión pública. Ofrecemos aquí algunos de estos eslóganes con su contestación.
La prohibición del matrimonio gay atenta contra la igualdad de los homosexuales
En realidad, no existe ninguna discriminación. Las personas con tendencia homosexual pueden contraer matrimonio igual que cualquier otra persona. Por matrimonio se entiende el consorcio de toda la vida entre varón y mujer, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole. Nunca se ha negado a los homosexuales su derecho a contraer matrimonio según la definición natural, tal como se acaba de asentir.
Lo que los homosexuales pretenden no es que se les reconozca el derecho a contraer matrimonio, sino cambiar la definición de matrimonio para acoger a la unión entre dos varones o dos mujeres. La discusión sobre este asunto, pues, se centra en cuál es el concepto de matrimonio que se ha de aceptar en el ordenamiento jurídico. Y en el concepto de matrimonio es fundamental incluir la capacidad procreadora, y por lo tanto la complementariedad de los sexos, pues es la única posibilidad de que dos personas tengan hijos. Más información se podrá encontrar en el artículo El contrato matrimonial y las uniones homosexuales. (www.iuscanonicum.org)
Pero si dos hombres o dos mujeres se quieren, ¿por qué no se pueden casar?
Desde una perspectiva estrictamente jurídica, cuando el derecho regula una relación lo que hace es regular las relaciones de justicia que surgen en ella. Al derecho no le interesa el reconocimiento del amor, puesto que para que dos personas se quieran no hace falta ninguna declaración, sino las relaciones de justicia que surgen de las relaciones humanas. Una argumentación semejante (reconocer el matrimonio de los homosexuales “porque se quieren”) parece que coloca al matrimonio como una especie de premio a los que se aman.
En este caso -y sin entrar en valoraciones morales, puesto que nos hemos colocado en una perspectiva jurídica- habría que preguntarse por qué solo se reconoce como matrimonio con todos sus beneficios a la relación homosexual y no a otras formas de convivencia, como la de los hermanos (los cuales indudablemente se quieren) o la de los estudiantes o los trabajadores que comparten el mismo departamento (los cuales se quieren como amigos). Lo único que distingue estas relaciones con la de los homosexuales es que a ellos les une una relación sexual. No se entiende que se establezcan privilegios para el amor en que hay una relación sexual, habiendo otras formas de amor en las que no interviene el sexo.
La argumentación de que los homosexuales “se quieren” pretende establecer un privilegio injustificado, y por ello esconde una verdadera discriminación a otros colectivos que viven juntos y se quieren.
A nadie le hace daño que se reconozca el matrimonio de los homosexuales u otros modelos de familia
Eso no es cierto. A todos nos debe interesar que el matrimonio (la unión entre hombre y mujer como hemos definido arriba) quede reservada para las familias compuestas de padre y madre y los hijos que vengan. Aprobar otras formas de matrimonio es falsificar el verdadero matrimonio. Ocurre algo similar con la moneda: a todos nos perjudica que se distribuya moneda falsa, aun cuando nosotros solo poseamos moneda auténtica.
El matrimonio entre parejas homosexuales perjudica sobre todo a las parejas que quieren contraer verdadero matrimonio, los cuales sí son discriminados, pues contribuyen al bien común de la sociedad sin que ésta les ayude a través de beneficios sociales u otras ventajas.
Estamos en el siglo XXI, y los modelos de familia evolucionan como han evolucionado tantas otras cosas
Es cierto que han evolucionado muchas cosas, pero no ha evolucionado la naturaleza humana. Dado que el concepto del matrimonio deriva de la naturaleza humana (la complementariedad entre hombre y mujer, indispensable para la procreación) y esta es inalterable, no hay motivos para concluir que deba cambiarse la definición de matrimonio.
Sin embargo, las parejas de homosexuales pueden formar una familia a través de la adopción de niños
Dejando de lado los varios efectos perjudiciales para los niños adoptados por parejas homosexuales –tema en lo que aquí no entramos- debe entenderse que la adopción de niños es una ficción jurídica, pues los niños no se convierten en verdaderos hijos. Es meritorio adoptar niños, y quienes lo hacen demuestran una gran generosidad al hacerse padres adoptivos de niños sin familia, pero eso no quita la realidad de que no son sus padres auténticos. Y no es razonable alterar la definición del matrimonio, con perjuicio para los matrimonios existentes, en base a argumentos basados en ficciones jurídicas y no realidades.
La mayoría de la población quiere que se legalice el matrimonio entre homosexuales, y la Iglesia no puede oponerse a la voluntad de la mayoría
En el momento presente quien pretenda hablar con rigor no puede sostener esta afirmación. En los países en que está autorizado el matrimonio homosexual nunca se ha sometido a referendum la ley que lo aprueba. En todos los casos los que se oponen a la ley han pedido insistentemente que sea consultada la población mediante referendum, pero los grupos homosexuales son los que se niegan. La única excepción se dio en California en 2008, y como resultado del referendum fue abolida la ley que autorizaba el matrimonio homosexual.
Hasta el momento, y con los datos actuales, se puede decir que son los grupos homosexuales los que no quieren que se conozca el estado de la opinión pública sobre este particular.
En cualquier caso la argumentación que se hace aquí no se basa en hechos contingentes sino en la naturaleza humana, la cual no puede estar sometida a referendum. Sería monstruoso, por ejemplo, un referendum en el que intentáramos privar de su dignidad humana a un colectivo: hay cuestiones que no se someten a referendum porque no dependen del estado de la opinión pública. Una argumentación correcta sobre el matrimonio homosexual no se basa en la opinión pública, sino en la naturaleza del hombre.
A algunos esta conclusión le puede parecer antidemocrática, pero es la misma respuesta que dan los grupos homosexuales para negarse a convocar referendums: se niegan porque el derecho a la igualdad no puede ser sometido a un referendum.
El matrimonio homosexual es un derecho humano que no se les puede negar a quienes quieran casarse
En ninguna declaración de derechos humanos está reconocido el derecho de dos hombre o de dos mujeres a contraer matrimonio. Es cierto que muchas veces se afirma que los homosexuales tienen este derecho fundamental, pero la realidad que cualquiera puede comprobar es que no está reconocido en ninguna declaración de derechos humanos.
La argumentación que hacen los grupos homosexuales se basa en el derecho a la igualdad. Pensamos que no es necesario contestar aquí a esta argumentación porque en uno de los puntos de este documento se ha respondido ya a esta cuestión.
La Iglesia quiere imponer su moral al prohibir el matrimonio homosexual
La Iglesia no pretende imponer su moral, y de hecho los autores católicos ofrecen una argumentación basada en razones naturales. Cualquier lector puede comprobar que hasta este momento en este artículo no se ha citado ninguna vez la Biblia, ni el Catecismo de la Iglesia ni ningún otro documento eclesiástico, sino solo argumentos de razón natural.
Es cierto que existen argumentos religiosos para afirmar que el matrimonio es la unión entre varón y mujer, pero no son los únicos argumentos. Es más, lo que sí es una verdadera discriminación es rechazar la argumentación de una persona solo por su pertenencia a una confesión religiosa, sin escuchar siquiera los argumentos de razón que aporta.
La Iglesia se ha inventado que la homosexualidad esté prohibida en la Biblia
No es cierto. San Pablo condena explícitamente de los actos homosexuales: “¿O no sabéis que los injustos no heredarán el Reino de Dios? No os forjéis ilusiones. Ni fornicadores, ni idólatras, ni adúlteros, ni afeminados, ni sodomitas, ni ladrones heredarán el Reino de Dios” (1 Co 6, 10). En el lenguaje de la época por actos sodomitas se entendía actos homosexuales.
*Pedro María Reyes Vizcaíno. Editor Iuscanonicum.org